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Conferencia de Carlos Pascual: Aplicación práctica de la reforma de la Ley Concursal

Blog Conferencia de Carlos Pascual: Aplicación práctica de la reforma de la Ley Concursal

Carlos Pascual, socio de Romá Bohorques Tax & Legal y responsable del área de derecho Procesal-Concursal, ha impartido en el Colegio de Notarios de Valencia una conferencia sobre "Aplicación práctica de la reforma del texto refundido de la Ley Concursal". Ha sido en la inauguración de un ciclo de conferencias dedicado al Derecho Concursal.

Carlos Pascual ha intervenido en la primera jornada del ciclo de conferencias organizado por la Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros y el Ilustre Colegio de Notarios de Valencia, en colaboración con la Universidad Católica de Valencia. Resumimos aquí los puntos principales de su conferencia:

Esta nueva normativa es compleja y ambiciosa a partes iguales, y se desprende claramente un objetivo final: la agilización de los procedimientos de insolvencia en España tal y como los cocemos hasta la fecha.

La reforma busca subsanar las principales limitaciones de nuestro sistema de insolvencia. La clave reside en dotar al sistema de instrumentos preconcursales potentes que incrementen la eficiencia del sistema de insolvencia:

- de forma directa, al posibilitar una reestructuración temprana y rápida,
- pero también de forma indirecta, al liberar recursos administrativos y descongestionar el procedimiento concursal, permitiendo así una gestión más rápida de los concursos.

La ley 16/2022 aborda estas limitaciones mediante un conjunto de instrumentos:

En primer lugar, se introducen los denominados planes de reestructuración, un instrumento preconcursal dirigido a evitar la insolvencia, o a superarla, que posibilita una actuación en un estadio de dificultades previo al de los vigentes instrumentos preconcursales, sin el estigma asociado al concurso y con características que incrementan su eficacia. Su introducción incentivará una reestructuración más temprana, y por tanto con mayores probabilidades de éxito. Su introducción lleva aparejada la supresión de los actuales instrumentos preconcursales (los acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago).

Principales Objetivos a conseguir:

1. Una reestructuración de activos y pasivos para evitar la insolvencia o solucionar la ya acaecida; garantizando que las empresas viables que se hallen en dificultades financieras tengan acceso a marcos nacionales efectivos de reestructuración preventiva que les permitan continuar su actividad;

2. Que los empresarios de buena fe insolventes o sobreendeudados puedan disfrutar de la plena exoneración de sus deudas después de un período de tiempo razonable, lo que les proporcionaría una segunda oportunidad;

3. Y la decidida voluntad legislativa de simplificar el concurso de acreedores en aras de las siempre deseadas rapidez de la tramitación y eficiencia institucional.

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